La nueva normativa que modifica el Código Técnico de la Edificación (Real Decreto 732/2019) será de aplicación obligatoria a todas las obras de nueva construcción y de rehabilitación en edificios existentes a partir del 28 de junio de 2020.

El año 2019 se despidió con la publicación en el Boletín Oficial del Estado del nuevo texto legal, vigente desde 2006, adaptándolo a los requerimientos básicos obligatorios fijados a nivel europeo. Modificaciones que serán de obligatorio cumplimiento, siempre que se solicite licencia municipal de obra –nueva o de rehabilitación–, a partir del 28 de junio de 2020. El nuevo Código Técnico de Edificación incorpora tres novedades: mayor eficiencia energética, más seguridad en caso de incendio y aislamiento del radón.

 

Ahorro de energía

El CTE incorpora un Documento Básico de Ahorro de Energía con el objetivo de reducir hasta un 40% el consumo energético respecto a los edificios actuales. Para ello habrá que cumplir unas exigencias básicas:

  • Exigencia básica HE 0, por la que se limita el consumo energético en función de la zona climática de ubicación, el uso del edificio y, en el caso de edificios ya existentes, el alcance de la rehabilitación.
  • Exigencia básica HE 1, que fija la condiciones para el control de la demanda energética y que especifica que los edificios deberán disponer de una envolvente térmica de características tales que limite las necesidades de energía primaria para alcanzar el bienestar térmico (también en función de la zona climática, de si es invierno o verano, del uso del edificio y, en los casos de edificios existentes, en función de la intervención o rehabilitación).
  • Exigencia básica HE 2, sobre condiciones de la instalaciones térmicas, desarrolladas en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE).
  • Exigencia básica HE 3, que regula las condiciones de las instalaciones de iluminación, dirigidas todas ellas a lograr la mayor eficiencia energética y el aprovechamiento de la luz natural en las zonas que reúnan unas determinadas condiciones.
  • Exigencia básica HE 4, que especifica la contribución mínima de energía renovable para cubrir la demanda de agua caliente sanitaria.
  • Exigencia básica HE 5, sobre generación mínima de energía eléctrica.

 

Seguridad contra incendios

En lo que respecta a seguridad contra incendios, el Documento Básico incluye modificaciones en el apartado de propagación exterior y son:

  • La clase de reacción al fuego de los sistemas constructivos de fachada que ocupen más del 10% de su superficie será, en función de la altura total de la fachada:
    • D-s3,d0 en fachadas de altura hasta 10 m.
    • C-s3,d0 en fachadas de altura hasta 18 m.
    • B-s3,d0 en fachadas de altura superior a 18 m.

    Esta clasificación considera la condición de uso final del sistema constructivo, incluyendo los materiales que constituyan capas contenidas en el interior de la solución de fachada y que no estén protegida por una capa que se EI30 como mínimo.

  • Los sistemas de aislamiento situados en el interior de cámaras ventiladas deben tener al menos la siguiente clasificación de reacción al fuego en función de la altura total de la fachada:
    • D-s3,d0 en fachadas de altura hasta 10 m.
    • B-s3,d0 en fachadas de altura hasta 28 m.
    • A2-s3,d0 en fachadas de altura superior a 28 m.
  • Debe limitarse el desarrollo vertical de las cámaras ventiladas de fachada en continuidad con los forjados resistentes al fuego que separan sectores de incendio, considerando la inclusión de barreras E 30 como procedimiento válido para limitar dicho desarrollo vertical.
  • Y en las fachadas de altura igual o inferior a 18 m con arranque inferior accesible al público, los sistemas constructivos de fachada como los de interior de cámaras ventiladas, deben ser al menos b-s3,d0 hasta los 3,5 m como mínimo.

 

Aislamiento contra el radón

Finalmente, el nuevo Código Técnico de Edificación, dentro del Documento Básico de Salubridad, introduce medidas de impermeabilización de los edificios para evitar que penetre en los mismos gas radón fundamentalmente en las zonas de España que más están expuestas a este gas fantasma que “respira” de forma natural la Tierra.

Coincidimos con el Consejo General de Arquitectura Técnica (CGATE) en que las novedades del nuevo Código Técnico de Edificación son ambiciosas y, además, lo celebramos. Paulatinamente vamos acercándonos a los nZEB (Nearly Zero Energy Building), edificios de consumo de energía casi nulo, una máxima irrenunciable de Meka3, cuyos productos respetan y superan estos requisitos mínimos, conforme a los más estrictos requerimientos europeos.