El Gobierno destina 300 millones de euros en ayudas para la rehabilitación energética de edificios. El Programa de Rehabilitación Energética de Edificios (PREE) subvencionará cambios en la envolvente térmica (fachada), sustitución de calderas por opciones renovables o mejoras en la eficiencia de iluminación. La cuantía de las ayudas será del 35% del coste de actuación en edificios de viviendas. En viviendas individuales, el porcentaje subvencionable será del 25% para envolvente (fachada) e instalaciones térmicas y del 15% en actuaciones de iluminación. La fecha límite de presentación de solicitudes la fijará cada comunidad autónoma en su respectiva convocatoria de ayudas, fijando el Gobierno que nunca podrá ser posterior al 31 de julio de 2021. Pero veamos en qué consiste el nuevo PREE en detalle.

 

El punto de partida del Programa de Rehabilitación Energética de Edificios

A propuesta del Ministerio para Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), el Consejo de Ministros aprobó el pasado 4 de agosto el Real Decreto que regula el Programa de Rehabilitación Energética de Edificios (PREE) por una cuantía de 300 millones para ayudas directas a actuaciones de mejora de la eficiencia energética en edificios construidos antes de 2007. Estas actuaciones de mejora pueden ser el cambio de la envolvente térmica (fachada) o la sustitución de las antiguas calderas por opciones renovables –termosolar o geotérmica–, contemplando un mayor porcentaje de ayuda para los consumidores vulnerables.

El PREE se alinea con las políticas de reactivación económica frente a la COVID-19 de la Unión Europea centradas en la transición energética y la digitalización, con el objetivo de generar un efecto incentivador sobre la generación de empleo y la actividad económica en el sector de la construcción, así como los vinculados con la puesta en marcha de instalaciones eléctrica y térmicas.

De igual modo, este programa de ayudas contribuye a la consecución del Plan Nacional de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030, que planifica la senda de descarbonización para que, al final de esta década, el 74% del sistema eléctrico sea renovable. Finalmente se alinea con la Estrategia a Largo Plazo (ELP), actualmente en trámite de consulta pública, que marca la senda para que España alcance la neutralidad climática en 2050.

Tanto el PNIEC como la ELP señalan la necesidad de actuar en el parque de edificios, que en la actualidad supone un 30% de la energía final consumida en el país, para lograr que sea plenamente sostenible a mediados de siglo. Esta “ola de rehabilitación” generará, según estimaciones del PNIEC, unos 48.000 empleos netos anuales entre 2021 y 2030.

 

Gestión autonómica

El PREE será coordinado en todo momento por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), dependiente de MITECO. Pero la gestión de las ayudas la realizarán las comunidades autónomas, a partir de las bases reguladoras aprobadas por el Gobierno.

A las convocatorias que publique cada región se podrán presentar comunidades de propietarios, comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía, propietarios individuales de edificios, sean personas físicas o jurídicas, agrupaciones de propietarios de edificios, empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, empresas o proveedores de servicios energéticos y, finalmente, entidades locales.

Como decíamos anteriormente, la fecha límite de presentación de las solicitudes vendrá marcada por cada región en su respectiva convocatoria. Y en todo caso, nunca podrá ser posterior al 31 de julio de 2021.

Los 300 millones con los que cuenta el PREE provienen del Fondo Nacional de Eficiencia Energética y van a distribuirse entre las regiones según el criterio de número de primeras viviendas recogidas en el censo de población del Instituto Nacional de Estadística. Este presupuesto podrá ser ampliado tanto con nuevas asignaciones del Fondo de Eficiencia Energética, cofinanciado con aportaciones del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y, en su caso, con las que pudieran establecerse en otros instrumentos y programas de la Unión Europea destinados a la recuperación económica frente a la crisis del coronavirus. Así las cosas, las comunidades autónomas, en sus respectivas convocatorias, podrán hacer la adaptaciones pertinentes para adecuarlas a su realidad territorial.

Conocido ya el contexto, pasemos a la “chicha”: las actuaciones subvencionables.

 

Actuaciones subvencionables del Programa de Rehabilitación Energética de Edificios

Las actuaciones subvencionables por PREE corresponden a tres tipologías:  

  • Mejora de la envolvente térmica (fachada) del edificio.
  • Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas (calefacción, climatización o producción de agua caliente).
  • Mejora de las instalaciones de iluminación.

Las actuaciones tendrán que realizarse sobre un edificio de viviendas, sobre una vivienda unifamiliar o sobre un edificio con uso diferente al de vivienda, como puede ser el sanitario, administrativo, docente o cultural. No serán actuaciones subvencionables las realizadas en edificios de nueva construcción, las que supongan una ampliación que incremente superficie o volumen construido y las que conlleven un cambio de uso de edificio.

En todos los casos, los solicitantes deberán acreditar que la rehabilitación para la que solicitan subvención mejorará la calificación energética total del edificio en, al menos, una letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kgCO2/m2año), con respecto a la calificación energética inicial del edificio.

La cuantía de las ayudas será del 35% del coste de la actuación, salvo en el caso de las mejoras de eficiencia energética en instalaciones de iluminación, en los que la ayuda será del 15%. En las rehabilitaciones de viviendas individuales, el porcentaje será del 25% para envolventes o instalaciones térmicas, y del 15% en actuaciones de iluminación.

Los consumidores acreditados como vulnerables incrementarán el porcentaje de ayuda un 15%. Así, por ejemplo, una actuación sobre la fachada podría contar con una subvención del 50% del coste. Este 15% de mejora también será aplicable a edificios de viviendas de protección pública y a aquellos que se ubiquen en Áreas de Regeneración y Renovación Urbanas o Rurales. Finalmente, para potenciar la constitución de comunidades de energías renovables, esta figura tendrá derecho a un ayuda adicional en función del gasto, pudiendo sumar hasta un 20% de incremento en la subvención en caso de la mejora de la fachada.

 

Incentivos a la eficiencia

Con el objeto de incentivar aquellas rehabilitaciones más eficientes, el PREE establece una mejora para las solicitudes que eleven la calificación energética del edificio hasta la etiqueta energética “A” o “B”, en la escala de CO2, o bien incrementen en dos letras la calificación energética de partida.

Por último, también se incentivan las actuaciones integradas, es decir, aquellas que acometan mejoras en dos o más tipologías. En este caso, la mejora sobre el porcentaje inicial será como máximo del 20%. Pero con condiciones: de un lado, una de las mejoras debe ser sobre la fachada y ha de suponer una disminución mínima de la demanda global de calefacción y refrigeración del 30%; y, de otro, esta medida tiene que combinarse con otra actuación sobre la instalación térmica que suponga, al menos, la sustitución del 60% de la potencia de generación térmica existente o, en el caso de los edificios de uso diferente a vivienda, con mejoras sobre la iluminación que impliquen una mejora de la eficiencia energética de, al menos, el 25% de la superficie iluminada.

Las ayudas otorgadas en el PREE serán compatibles con otras ayudas concedidas para la misma finalidad, por cualquier administración pública, siempre que no se supere el coste de la actividad subvencionada.

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Fuente de la información:
IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía)